Código de ética de la Revista Humanidades VI Época

Facultad de Ciencias y Humanidades

El presente código de ética está acorde a los criterios de COPE, y en sintonía con lo establecido en la Ley orgánica de la Universidad de El Salvador.

Introducción

Capítulo I: Propósito y razón del presente código de ética

Art. 1 El propósito del presente código de ética es garantizar que el funcionamiento de la Revista Humanidades se apegue a los más altos ideales éticos y contribuya con una producción académica de alta calidad a la Facultad de Ciencias y Humanidades. La revista Humanidades está comprometida con la producción y difusión de conocimiento correspondiente a las Humanidades y Ciencias Sociales, el cual deberá ser aplicable en la universidad y en la sociedad salvadoreña. Por la naturaleza de la revista Humanidades, esta se compromete con:
  • La conservación, fomento y difusión del arte, las humanidades y las ciencias sociales.
  • Responder a las necesidades formativas de los estudiantes de la Facultad de Ciencias y Humanidades.
  • Contribuir a la labor docente en las áreas de Humanidades y Ciencias Sociales.
  • Fomentar el ideal de unidad centroamericana.
  • Promover la conciencia ecológica, la sustentabilidad y la protección de los recursos naturales.
  • Impulsar la identidad nacional, centroamericana y latinoamericana.
  • Favorecer el sentimiento patriótico, el amor por la nación y espíritu de servicio en favor de la República de El Salvador.
  • Promocionar la investigación histórica, sociológica, filosófica, artística, lingüística, literaria, psicológica y pedagógica.
  • Fomentar el respeto a los derechos humanos y la diversidad.

Capítulo II: Miembros y funciones de la Revista Humanidades

Art. 2 La revista Humanidades está conformada por tres sectores que trabajan en conjunto para lograr los objetivos y metas de la revista: Equipo editorial, consejo editorial y comité editorial. Art. 3 El equipo editorial está conformado por un director, un editor, un corrector de estilo, un diseñador y un gestor bibliotecario. Art. 4 El consejo editorial está conformado por las autoridades de la Universidad, en concreto por: rector, vicerrector administrativo, vicerrector académico de la Universidad; decano y vicedecana de la Facultad de Ciencias y Humanidades, y los miembros nombrados por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias y Humanidades. Art. 5 El Comité editorial está conformado por especialistas nacionales y extranjeros de diversas áreas de las Ciencias Sociales y Humanidades.

Capítulo III: Principios generales de los Miembros del consejo, comité y equipo editoriales

Art. 6 Las personas implicadas en el trabajo de la revista Humanidades deberán poseer una moralidad intachable, un compromiso con la institucionalidad y sentido de servicio a la Universidad y la patria. Art. 7 La designación de funciones se hace siguiendo los principios de legalidad, transparencia, meritocracia y debido proceso. Art. 8 Los miembros del comité, consejo y equipo editorial deberán poseer un perfil académico de alto nivel. Art. 9 La designación de funciones se hace siguiendo la idoneidad, capacidad y reputación académica de las personas. No podrá designarse funciones por motivaciones personales, políticas, pago de favores electorales. Tampoco podrá negarse la participación de personas con un alto perfil académico e idoneidad por razones de género, confesión, raza, condición social o identificación política. Art. 10 La naturaleza académica de la revista Humanidades exige que esta sea guiada por el principio de no autoridad, el cual contribuye al avance del conocimiento. Art. 11 La pertenencia de la revista Humanidades a la Universidad de El Salvador le hacen heredera de todos los principios, misión y visión establecidos por la Universidad de El Salvador. Art. 12 El disenso, el debate, la discusión y la objeción están garantizados como parte del funcionamiento natural de la labor académica de la revista Humanidades. Art. 13 Toda decisión deberá hacerse teniendo el máximo beneficio para la institución, la patria y el avance del conocimiento.

Capítulo IV: Las relaciones entre los miembros de la revista Humanidades

Art. 14 Las interacciones entre los miembros de la revista Humanidades serán acorde a la idiosincrasia salvadoreña, las leyes de la República de El Salvador y la legislación universitaria. Art. 15 Las relaciones entre los miembros de la revista Humanidades se realizarán con respeto y diplomacia. No se acepta ningún tipo de argumento basado en la autoridad. Art. 16 Todo el ambiente de trabajo correspondiente a la revista Humanidades debe estar libre de discriminación, tráfico de influencias, intereses electorales y presiones ajenas a la excelencia académica. Art. 17 La independencia de criterio, la libertad de pensamiento y la diversidad de perspectivas se garantiza.

Capítulo VI: Labores y deberes de los miembros de la revista Humanidades

Art. 18 Deberes y funciones de los miembros del consejo editorial:
  • Garantizar el cumplimiento de todos los artículos del presente código.
  • Actualizar constantemente los lineamientos de publicación.
  • Velar por la honestidad, legalidad y transparencia de todos los procesos implicados en el funcionamiento de la revista Humanidades.
Art. 19 Deberes y funciones de los editores:
  • Impulsar los máximos requerimientos y niveles académicos e investigativos.
  • Asegurar el cumplimiento de los lineamientos editoriales de la revista, originalidad y pertinencia de los artículos.
  • Certificar que se cumplen los tiempos y procedimientos para el arbitraje de artículos, así como su diagramación, revisión y corrección.
  • Cumplir con la periodicidad de la revista.
  • Garantizar la confidencialidad de los artículos, así como los procesos de revisión y corrección.
  • Informar a los autores de los procesos y etapas editoriales de los artículos enviados.
  • Evaluar los artículos estrictamente atendiendo a su contenido, sin que elementos ajenos influyan en la evaluación.
  • No se podrá rechazar un artículo por razones políticas, de género, religión, etnia o condición social.
  • No se acepta el plagio, los editores están en la obligación de buscar exhaustivamente el plagio en los artículos.
Art. 20 Deberes de los autores:
  • Los autores deberán presentar una declaración jurada sobre la originalidad de sus artículos.
  • Los autores tienen que seguir los lineamientos y política editorial de la revista Humanidades.
  • No se aceptan artículos que prediquen contra los principios establecidos en el presente código.
  • Todo autor que acepte publicar en la revista Humanidades debe abstenerse de enviar su artículo a otras revistas, esto con el fin de evitar la duplicidad.
  • Los textos deben ser inéditos.
  • Cada autor debe registrar su artículo en Creative Commons, bajo la combinación CC BY NC SA 4.0.
  • Cada autor debe registrar su número de ORCID, RCID, ScopusID, ResearcherID, entre otros, esto con el objetivo de evitar errores y confusiones en los nombres de los autores al momento de identificar su producción científica y poderlos distinguir claramente.
  • Los autores están obligados a reconocer todas las fuentes utilizadas para la realización de su artículo.
  • Los autores están obligados a respetar la propiedad intelectual de cualquier fuente, herramienta o material utilizado para su investigación.
  • Los autores están en la obligación de reconocer a sus colaboradores.
  • Es responsabilidad de cada autor señalar los errores encontrados en la diagramación y levantamiento de su artículo, así como la pronta notificación al consejo editorial.